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Daños_Y_Perjuicios

2013-11-13 来源: 类别: 更多范文

Daños y Perjuicios HDF University of Phoenix Law 531 PR 12 de octubre de 2010 Lcda. LBS Daños y Perjuicios Debemos tomar en cuenta que cuando decidimos establecer una empresa existen riesgos asociados a su creación. Estos riesgos podrían estar relacionados, pero sin limitarse, con el medio ambiente, la salud, la ética, la moral y los aspectos legales, entre otros. Como conocemos, en la simulación evaluada existe una controversia entre Alumina Inc., compañía dedicada a la manufactura de aluminio y una residente cercana a la empresa. La residente, de nombre Kelly Bates, es madre de una niña de 10 años. La Sra. Bates alega que su hija contrajo leucemia a consecuencia del consumo de agua contaminada proveniente del río Dira. La compañía Alumina Inc. fue directamente relacionada con la contaminación del río hace cinco años atrás. En ese entonces la EPA (Environment Protection Agency) detectó irregularidades en los niveles de PAH que mostraron incumplimiento con las disposiciones de ley por parte de Alumina Inc. PAH es la abreviatura de Hidrocarburos Aromáticos Policíclicos, (PAH, por sus siglas en inglés: Polycyclic Aromatic Hydrocarbons). Se define como: Largas tiras de átomos de carbono que forman un anillo. Razón por la cual su nombre contiene las palabras "cíclico" e "hidrocarburo". Una molécula aromática es una que forma un anillo de benceno. Policíclico significa que una molécula forma gran cantidad de anillos. Se sospecha que tiene gran cantidad de carcinógenos. (Asociación nacional de maestros de ciencia de la tierra, 2010). Siendo esto así, la EPA emitió un informe de hallazgos sobre Alumina Inc. que contenía, tanto información de carácter público, como de contenido confidencial sobre la compañía. En ese sentido, la EPA ordenó a Alumina Inc. que se cumpliera con un proceso de mitigación de daños dirigido a corregir los hallazgos encontrados de manera permanente. Por su parte, Alumina Inc. cumplió a cabalidad con las imposiciones reglamentarias de la EPA y corrigió sus desviaciones en el término requerido. Actualmente la compañía goza de una buena posición en el a nivel empresarial y cumple con la EPA. En la simulación asignada observamos asuntos relacionados con diferentes aspectos. Por ejemplo, la Sra. Bates alega que la compañía contamina las aguas del río Dira repetidamente. Partiendo de esa premisa, ella decidió incoar un pleito legal en contra de Alumina Inc. con el que pretende vincular la compañía con el padecimiento de leucemia de su hija. De otro lado, la EPA solo ha encontrado desviaciones en una ocasión e informan que las mismas fueron corregidas en su totalidad. Cabe mencionar que aunque la compañía incurrió en negligencia, no fue de manera premeditada. Tomando en cuenta estos aspectos, se podría inferir que la alegación de la Sra. Bates carece de fundamentos. No necesariamente el padecimiento de leucemia de la niña viene obligado a estar relacionado con las desviaciones reglamentarias de Alumina Inc. Más aun cuando las pruebas arrojan que la compañía viene cumpliendo con lo reglamentado y que sus niveles de PAH están por debajo del mínimo permitido. Aunque la alta gerencia de Alumina Inc. entiende que el padecimiento de la niña no se relaciona con lo ocurrido tiempo atrás, hizo gestiones para dialogar con la Sra. Bates. Ella, a su vez, se negó a transigir. Decidió que continuaría con la demanda por un millón de dólares contra Alumina Inc. De otra parte, considerando que la compañía fue negligente en el pasado, debe tomar participación directa en la solución del asunto. Al confrontarse con la negativa de Bates, la compañía debe considerar alternativas de mediación que redunden en beneficio, tanto de la parte demandada como para la demandante. Aunque no se ha comprobado que la enfermedad de la niña sea a consecuencia del incumplimiento, se debe tener un compromiso moral y ético con la comunidad. De esa forma muestran su buena intención de colaboración y preocupación ante el dolor por el que atraviesan la Sra. Bates y su niña. El precedente sobre señalamientos podría restarle credibilidad a los argumentos de Alumina y darle peso a la posición de la demandante. Interesándose y preocupándose por la condición de salud la niña fortalecerían su credibilidad como empresa. Esta acción incidiría directamente sobre la opinión de la comunidad. Al reaccionar de esta forma, se podría minimizar el impacto que pudiese provocar el mantener la noticia viva en los medios de comunicación. También, deben ser cuidadosos al ofrecer su ayuda a la familia afectada de manera que no se considere su acción como una admisión voluntaria de las imputaciones alegadas. Debemos considerar que en la sociedad actual las personas pueden aprovecharse de las debilidades que muestren otros. En los medios de comunicación, vemos como en ocasiones se establecen demandas o pleitos viciosos para sacar partido económico a cuesta de las situaciones que afectan a la comunidad. Ello, aunque no necesariamente les afecte en su carácter particular. Si tuviésemos que determinar cuál sería el curso de acción a seguir por parte de la empresa, consideraríamos un nuevo intento de comunicación con la demandante. Tomando en cuenta la buena posición de la empresa, solicitaríamos de forma inmediata un nuevo examen sobre sus operaciones que muestre que siguen en cumplimiento con las disposiciones reglamentarias. Publicaríamos los hallazgos del mismo en un rotativo local y lo pondríamos a disposición de quien quiera inspeccionarlo de forma ocular. Al considerar esta alternativa no perderían, sino más bien ganarían. Si aun así la posición de la Sra. Bates se mantiene incólume, auscultaríamos algún mecanismo de mediación neutral alterno que pueda aportar en la solución del conflicto. Dicho mecanismo podría proponer una solución que incluya un acuerdo que establezca el pago de los servicios médicos incurridos por la demandante. También podría considerarse un fondo para gastos médicos futuros y el compromiso de la compañía de participar económicamente en los gastos de educación de la niña. Por su parte la compañía obtendría una cláusula de confidencialidad por parte de la demandante. Esta establecería el final de la litigación y por consiguiente la no divulgación de información negativa en contra de la empresa. El costo de la mediación podría considerarse una mínima porción de lo que costaría litigar el caso en corte. Referencias Asociacion nacional de maestros de ciencia de la tierra. (2010). Retrieved Octubre 10, 2010, from Ventanas al Universo: http://www.windows2universe.org/physical_science/chemistry/PAH.html&lang=sp Manuel, J. (2010, May). EPA tackles fracking.. Environmental Health Perspectives, 118(5), A199. Gilo, David, G. E. (2009, December). Negligence and Insufficient Activity: The Missing Paradigm in Torts. Michigan Law Review, 108(3), 277-321.
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